La juez 22 de control de garantías de Bogotá resolvió la petición de libertad hecha por la defensa del abogado Diego Cadena, quien es procesado por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.
Cadena es investigado por el mismo caso por el que es procesado el expresidente Álvaro Uribe Vélez.
La defensa del abogado señaló que los términos están vencidos y que Cadena, quien se encuentra en casa por cárcel en Cali, debe recuperar la libertad.
La Fiscalía y la Procuraduría se habían opuesto a esa solicitud.
La juez consideró que la libertad es un derecho fundamental que no es absoluto. Añadió que debe existir un plazo razonable para privar de la libertad a una persona y que el procesado tiene derecho a un juicio justo sin dilaciones.
La funcionaria judicial indicó que efectivamente están vencidos los términos legales, sin embargo sostuvo que se deben examinar las razones de esto.
Sostuvo que el tiempo que pasó entre la acusación realizada en octubre del año pasado y la citación a preparatoria en febrero de este año, no se le puede atribuir a la defensa y que fue un plazo que dio el juez del caso para avanzar en el descubrimiento probatorio.
Sin embargo cuestionó que para esa fecha la defensa no había terminado de revisar el material y que de hecho señaló que por la gran cantidad de información terminarían solo a final de este año. Esto fue considerado por la juez como una acto dilatorio atribuido a la defensa de Cadena.
Dijo que la defensa pidió copia original de las pruebas de la primera fase de la investigación que están en la Corte Suprema de Justicia y aunque la Fiscalía ofreció copias simples tuvo que adelantar gestiones ante el alto tribunal para conseguir lo solicitado por los abogados de Cadena. Así mismo la Fiscalía tuvo que hacer otras gestiones para conseguir algunas evidencias que la defensa pidió que fueran más legibles.
La juez señaló que aunque la defensa no ha pedido aplazamientos y ha estado atenta al descubrimiento de pruebas, si ha hecho peticiones que han llevado «a prorrogar la audiencia preparatoria injustificadamente».
Consideró que descontando el tiempo que se atribuye a la defensa han pasado 140 días y no 240 que son necesarios para conceder la libertad.
La defensa de Cadena apeló la decisión.