Para Ibáñez, el procedimiento no se encontraba en un punto crítico que justificara la adopción de una medida preventiva
El magistrado Jorge Enrique Ibáñez, presidente de la Corte Constitucional, se distanció de la mayoría de sus colegas al pronunciar un salvamento de voto frente a la decisión de suspender el proceso que adelanta el Consejo Nacional Electoral contra la campaña del presidente Gustavo Petro, decisión que solo cobija al mandatario y no a otros implicados.
Ibáñez señaló que el órgano electoral no buscaba establecer responsabilidades penales o personales contra el jefe de Estado, sino ejercer su competencia constitucional de indagar por posibles infracciones a los límites de financiación en campaña. En su concepto, la determinación de suspender la actuación administrativa fue innecesaria.

Magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar habla durante una rueda de prensa este 26 de junio de 2024 en el Palacio de Justicia, en Bogotá (Colombia). EFE/ Carlos Ortega
En su declaración con la W Radio, sostuvo: “No se trata de una competencia jurisdiccional, ni de una disciplinaria, ni de juicio político, en el que se cuestione la responsabilidad personal del señor presidente de la República”. Además, recalcó que no existía ningún motivo para impedir que el proceso continuara, dado que no representaba un riesgo directo para el mandatario.
Para Ibáñez, el procedimiento no se encontraba en un punto crítico que justificara la adopción de una medida preventiva, ya que no había ningún perjuicio concreto ni en curso. En su escrito argumentó: “En este caso no hay un perjuicio, ni siquiera inminente, para el actor, pues, como ya se ha dicho, no se ha adoptado ninguna decisión en el proceso administrativo a cargo del Consejo Nacional Electoral. Al no haber siquiera un perjuicio, no es posible sostener que este sea irremediable, como se exige para adoptar una medida cautelar”.
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